Actualidad
El CERMI reclama al Parlamento que la regulación de la eutanasia sea neutra y respetuosa con las personas con discapacidad
Exige también que el texto legal recoja explícitamente la obligación de garantizar en todo momento la accesibilidad universal y la provisión de apoyos en todas las fases del proceso
19/02/2020
El CERMI ha reclamado al Parlamento que la regulación de la eutanasia sea neutra y respetuosa con los derechos de las personas con discapacidad, pidiendo así a las diferentes formaciones políticas que, en sus propuestas legislativas, no asocien discapacidad con la regulación de la eutanasia o de las decisiones sobre el final de la vida, ya que esta circunstancia personal no ha de tener especial relevancia en el régimen jurídico que se otorgue a este asunto.
En un
documento de propuestas de enmiendas a la Proposición de Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia, que en estos momentos debate el Congreso, el
CERMI insiste en que no se incurra en ningún momento en el simplismo sesgado de vincular las situaciones de discapacidad con las decisiones personales sobre el final de la vida, como si se tratara de una regulación particularmente pensada para este grupo social.
Para el CERMI, “la respuesta normativa que el Legislador dé, en función de las mayorías sociales y políticas, ante las decisiones sobre el final de la vida no tienen que estar basadas u orientadas sobre aspectos como la discapacidad, pues esto constituiría una discriminación derivada de prejuicios sociales propios de mentalidades superadas que aún siguen percibiendo las vidas de las personas con discapacidad o mayores como de menor valor que las del resto”.
“La única relevancia a efectos de regulación legal que la discapacidad debe tener es la de garantizar a estas personas que la formación de su voluntad ha sido plenamente informada, libre, madura y consciente, y que han contado con todos los apoyos, medios y recursos, incluidas las medidas de accesibilidad que sean precisas, para que su decisión sea personal y genuina, sin presiones ni mediatizaciones indebidas”, aclara la entidad.
El CERMI recuerda, además, que esta exigencia es coherente con los mandatos derivados de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con discapacidad, con las observaciones realizadas por el Comité de Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas y las conclusiones del informe de la relatora especial de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Entre las enmiendas concretas que plantea el CERMI, se encuentra que en el apartado B del artículo 3, se aluda únicamente a las personas con “enfermedad o patología graves, permanentes y sin reversión que ocasionen padecimientos continuos e insoportables” y que se elimine la referencia a las limitaciones físicas o de relación y expresión que ocasionen gran sufrimiento y que vayan a persistir en el tiempo. En sentido similar se pronuncia la entidad en otros apartados del texto, pidiendo que únicamente se aluda a estas situaciones.
En el apartado C del artículo 5 y en el artículo 6.1, donde se aborda que la solicitud de eutanasia debe realizarse por escrito, el CERMI reclama que se introduzca también la opción de “otro medio equivalente” para las personas con discapacidad que no pueden utilizar la escritura ordinaria, y no solo proporcionar la alternativa de que lo realice otra persona en nombre del afectado.
En esta línea, la entidad también propone la introducción de una disposición adicional que haga alusión a la obligatoriedad de que en todo momento se brinden las medidas de accesibilidad necesarias para que la persona solicitante de la eutanasia, si tiene discapacidad, pueda recibir la información y expresarse en igualdad de condiciones, a fin de que su decisión sea individual, madura y genuina.